Bases: RD 853/2021 (BOE 06-10-2021). Entrada en vigor: 07-10-2021.

Objeto: el Real Decreto tiene por objeto regular los programas de ayuda en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se establece el mecanismo de concesión directa a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

La concesión de las subvenciones establecidas permite a las CCAA beneficiarias ser quienes ejecuten las propias actividades objeto de los fondos, a través de las inversiones directas que pudieran efectuar con cargo a tales créditos y de acuerdo con la previa reserva de presupuesto que pudieran establecer, y también destinar los créditos correspondientes a los destinatarios últimos previstos en este real decreto, según lo que se determine en sus respectivas convocatorias.

Programas:

1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación
3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.
6. Programa de ayuda a construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

Actuaciones: el inicio de las actuaciones subvencionables ha de ser posterior al 01-02-2020

No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

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