El objeto de este articulo es esclarecer los requisitos necesarios para tramitar la concesión de determinadas ayudas municipales, a fondo perdido, en apoyo al tejido productivo y social de Orihuela.

Requisitos para solicitar la ayuda económica

Los empresarios potencialmente beneficiarios seran las pymes, micropymes, autonomos y otros colectivos sujetos a mutualidades, con los siguientes requisitos:

  • Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020 de 14 de Marzo o en caso de mantener la actividad,
  • haber reducido al menos en un 50% el promedio de facturación de los meses de Abril y Mayo de 2.020, respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. (Si no llevas de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevara a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad)
  • Que la actividad afectada por el cierre del establecimiento decretado por el estado de alarma no se haya visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.

¿A quién van destinadas las ayudas?

Las ayudas seran destinadas a las personas fisicas trabajadoras por cuenta propia o autonomos, asi como a las microempresas y pequeñas empresas que ejerzan actividades en locales o establecimientos situados en Orihuela:

  • Personal trabajador autónomo o por cuenta propia; alta Hacienda 036 y Alta en RETA; desde el 14 de Marzo.
  • PYMES, aquella que ocupa a menos de 50 personas, y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual, no supera los 10 millones de euros, microempresa como una empresa que ocupa menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual, no supera los 2 millones de euros.

En el caso de arrendamiento del local o establecimiento, estar al corriente del pago del alquiler con anterioridad al 14 de Marzo.

La cuantía de las subvención a percibir en concepto de subvencion por los beneficiarios sera la suma resultante de los siguientes conceptos:

  • Cantidad Fija; de subvencion a cada peticionario que cumpla las condiciones de las bases y su normativa, el importe de subvencion es de 500 euros.
  • Cantidad variable; de subvencion, atendiendo a los gastos estructurales ocasionados y al mantenimiento del empleo.
    • Gastos estructurales superiores a 3.000 euros, el importe de la subvención sera de 1.500 euros.
    • Gastos estructurales entre 2.000-3.000 euros, el importe de la subvención sera de 1.000 euros
    • Gastos estructurales superiores a 1.000 euros e inferiores a 2.000 euros el importe de la subvención sera de 500 euros
    • Mantenimiento del empleo a fecha de la solicitud de subvencion, si hay:
      • De 1 a 3 trabajadores en plantilla 300 euros
      • De 4 a 9 trabajadores 750 euros
      • Mas de 10 trabajadores 1.000 euros

La cuantía máxima de subvención sera de 3.000 euros.

La relación de los beneficiarios de la subvención estará conformada por aquellos solicitantes que alcancen una mayor puntuación en la valoración final hasta agotar el crédito disponible

El plazo ya ha comenzado.

Importante: Solo se atendera una solicitud por empresa o autonomo, y si diferentes atunomos estan en el mismo local solo se optara a una ayuda.

Se puede presentar telematicamente por la web del Ayuntamiento de Orihuela o presencialmente en el Ayuntamiento.

Obligaciones del beneficiario

  • Mantener la actividad durante 12 meses como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
  • En el caso de optar a la subvención por tener a su cargo trabajadores, mantenimiento como mínimo de un 50% de la plantilla declarada en el informe de la vida laboral de la empresa aportado en el momento que se presento la solicitud.

El incumplimiento dará lugar a la declaración de la perdida total o parcial del derecho a la percepción de la subvención y a la obligación de reintegrar esta total o parcialmente y al pago de los intereses de demora correspondientes.

Se establecen los siguiente conceptos subvencionables: Con el fin de sostener la actividad o bien su reincorporación.

  • Alquiler mensual del local de negocio; justifcandolo con contrato de alquiler y justificante del pago
  • Gastos de Publicidad de actuaciones o eventos que hayan sido afectados negativamente por el estado de alarma realizados desde el 15 de Febrero de 2.020 y referidos necesariamente a la actividad empresarial, ello deberá ser justificado mediante las facturas correspondientes y el documento acreditativo del pago de las mismas.
  • Gastos de Consultora y asesoría realizados como consecuencia de la situación del estado de alarma; justificándolo con facturas y el pago
  • Los gastos de contratos de suministros de energia, agua , telefono o internet referidos necesariamente al local de negocio, justificandolo con justificante de pago.
  • Gastos de intereses de prestamos de adquisiciones del local de negocio, justificándolo mediante recibo del banco y justificante de pago.
  • Alquiler de vehículos comerciales afectos al 100%, justificándolo mediante justificante de pago.
  • Gastos de intereses de prestamos de adquisición de vehículos comerciales afectos al 100% justificándolo mediante recibo de préstamo y justificante de pago bancario, debiendo figurar como titular del préstamo la persona solicitante de la ayuda.
  • Gastos de amortizacion de prestamos de adquisicion del local de engocio, jsutificando mediante recibo de prestamo y justificante de pago bancario, debiendo figurar como titular del prestamo la persona fisica/juridica solicitante de la ayuda.
  • Gastos de amortizacion de prestamos de adquuisicon de vehiculos comerciales afectos al 100%.

No se admitirán como justificantes de pago de los coceptos descritos los pagos en efectivo.

Se excluye de conceptos subvencionables, IVA y resto de impuestos.

Importante: La ayuda máxima no puede alcanzar los 3.000 euros por solicitante.

¡OJO!

La ayuda de Conselleria concedidas en virtud del RD 44/2020 es incompatible con esta ayuda.

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