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Control horario

Por julio 24, 2019 mayo 16th, 2020 Sin Comentarios

Cuando no se lleva un control horario, basta que el trabajador aporte unos indicios para cobrar horas extras habituales. Cuando el empresario no dispone de control horario y el empleado que reclama las horas extras que realiza todos los días de forma habitual lo prueba mediante testifical (que declara que abría y cerraba el establecimiento diariamente), se invierte la carga probatoria. Sólo cuando las horas extras son esporádicas se pide su prueba día a día y hora a hora, pero no es estos supuestos. El documento que contiene el cuadro horario sólo puede justificar la distribución de la jornada, pero no las extras. Incumbe al empresario llevar a cabo un control de la jornada, y si no lo hace, le afectara negativamente. STA TSJ Canarias 31-01-2019.

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