Cuando no se lleva un control horario, basta que el trabajador aporte unos indicios para cobrar horas extras habituales. Cuando el empresario no dispone de control horario y el empleado que reclama las horas extras que realiza todos los días de forma habitual lo prueba mediante testifical (que declara que abría y cerraba el establecimiento diariamente), se invierte la carga probatoria. Sólo cuando las horas extras son esporádicas se pide su prueba día a día y hora a hora, pero no es estos supuestos. El documento que contiene el cuadro horario sólo puede justificar la distribución de la jornada, pero no las extras. Incumbe al empresario llevar a cabo un control de la jornada, y si no lo hace, le afectara negativamente. STA TSJ Canarias 31-01-2019.
Economista
Fundador del despacho hace más de 35 años.
Licenciado en Económicas por la Universidad de Alicante.