El despido de un trabajador con ludopatía por apropiarse de bienes de la empresa no es discriminatorio por razón de enfermedad. El despido disciplinario del trabajador que se apropia de bienes de la empresa de forma ilícita y pide dinero a los clientes faltando a la verdad acerca del destino de las cantidades no es discriminatorio por razón de enfermedad, ludopatía, equiparable a discapacidad ni es nulo por el simple hecho de estar disfrutando de reducción de jornada. Consta médicamente informado que pese a la ludopatía, el trabajador mantenía su capacidad intelectiva en cuando a la ilicitud de su conducta, y que su capacidad volitiva solo estaba parcialmente afectada y solo en cuanto servir de freno a sus impulsos. STA TSJ PV 09-10-2018
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