Una de las principales preocupaciones cuando tienes conocimiento de que alguna empresa que te debe dinero está en concurso de acreedores es el orden en que se van a pagar a los acreedores.

 

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Orden de Pago a los Acreedores

Ello dependerá de la clasificación de los créditos, siendo el orden de cobro el siguiente:

Créditos contra la masa

Estos son los créditos que primero se pagan, aunque son los últimos que se generan.

Se trata de aquellos créditos necesarios para la tramitación del concurso y continuación de la actividad en su caso.

Incluyen los gastos necesarios a la solicitud del concurso, alimentos del deudor y créditos por salarios por los últimos treinta días de trabajo efectivo anteriores a la declaración de concurso y en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional, entre otros necesarios por el ejercicio de la actividad empresarial o profesional del concurso.

Créditos con privilegio especial

Son aquellos créditos que tienen alguna garantía real, como hipoteca, prenda, etc.

Estos créditos se cobrarán con el importe de la venta o subasta de los bienes garantizados.

Créditos con privilegio general

Son aquellos créditos que, pese a no tener una garantía real, la ley les concede cierta prioridad de cobro debido a su importancia.

Entre estos créditos se encuentran créditos por salarios (en la cuantía que resulte de multiplicar el triple del salario mínimo interprofesional por el número de días de salario pendientes de pago), los créditos por indemnizaciones por la extinción de los contratos o accidentes laborales, créditos tributarios, de seguridad social y demás de derecho público.

Estos créditos se abonaran después de los créditos contra la masa.

Créditos ordinarios

Son el resto de créditos no incluidos en las clasificaciones anteriores y que tampoco sean subordinados.

Son normalmente los créditos de todos los proveedores habituales generados en el tráfico habitual de la empresa.

Se abonarán con posterioridad a los créditos contra la masa y privilegiados, y en caso de no ser suficiente la liquidez para su pago total, se prorrateará la liquidez existente entre todos los acreedores.

Créditos subordinados

Son los últimos créditos que se pagan, e incluyen aquellos créditos de personas relacionadas con el deudor, recargos e intereses de las deudas, créditos comunicados fuera de plazo, multas y sanciones, etc.

Si has tenido conocimiento de que algún cliente esta en concurso de acreedores no dudes en ponerte en contacto con nosotros para proceder a la comunicación correcta de tu crédito conforme a la clasificación oportuna.

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