La existencia de dos categorías laborales distintas para desarrollar las mismas funciones, pero con diferentes salarios, supone una discriminación laboral por razón de sexo, si la de menores emolumentos es mayoritariamente femenina y la de más alto sueldo es mayormente masculina, según determina el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en sentencia de 27 de julio de 2021. Esta situación, lleva al ponente, a anular la categoría inferior, pero no solo para las trabajadoras, como reclamaba la representación laboral, sino para los trabajadores de ambos sexos, aunque la discriminación redunde especialmente entre las mujeres.

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