Fue ya a finales de 2015 cuando se publicó una Sentencia del Tribunal Supremo considerando que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor TODOS los gastos de formalización  y constitución de hipotecas (Notaría y Registro) y el pago de los tributos que le corresponden al banco.

Es el banco el que posee una garantía real y preferente que, en caso de impago, le permite ejecutarla con el fin de cobrar la deuda pendiente y, por lo tanto, el mayor beneficiario de la formalización de la hipoteca

El Tribunal Supremo considera que son nulas las cláusulas que “imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados”. 

Ha sido hasta ahora costumbre de los Bancos la imposición de todos estos gastos al cliente que solicitaba la hipoteca, lo cual es totalmente nulo, pudiendo el consumidor afectado pedir al banco la devolución de estas cantidades. Si este se niega, no queda más remedio que acudir a la vía judicial para exigir el reintegro de las cantidades cobradas de forma abusiva por parte de las entidades financieras.

Por lo tanto, si has constituido una hipoteca, seguramente hayas asumido todos los gastos de su constitución, lo que tienes que hacer es recopilar todos esos gastos o pedirlos al banco y ponerte en contacto con nosotros, gestionaremos su devolución.

Destacado