La Ley de la Segunda Oportunidad, comenzó a aplicarse con su entrada en vigor en el año 2015, y en este artículo te hablaremos sobre los principales requisitos para acceder a la ley de Segunda Oportunidad.

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¿En qué consiste la ley de Segunda Oportunidad?

Es un mecanismo que sirve para la exoneración del pasivo insatisfecho. Se trata de un mecanismo que solo pueden utilizar las personas naturales y no, las jurídicas, cuando se encuentran en una situación de insolvencia, de quiebra económica, no pudiendo hacer frente al pago de sus deudas. Es un concurso de persona física que mantiene similitudes respecto al de las personas jurídicas, pero con requisitos menos restrictivos, y cuyo fin es ayudar a las personas que se encuentran en una mala situación económica. Mediante la misma, las personas físicas pueden intentar llegar a un acuerdo sobre el pago de las deudas con sus acreedores, y en caso, de que este acuerdo no pueda ser cumplido por cualquier causa, podrá en último término solicitar el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, mediante la solicitud del concurso.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Principalmente, que se trate de un deudor de buena fe, para lo cual debe entenderse:
  • Que antes de solicitar el concurso, el deudor haya celebrado o intentado llegar a un acuerdo con sus acreedores para devolver las cantidades que les debe.
  • Que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o falsedad documental dentro de los 10 años anteriores a la declaración del concurso. En caso de existir un proceso penal en curso, el juez debe suspender la decisión de conceder o no el beneficio de la segunda oportunidad hasta que exista sentencia firme.
  • Que no se haya obtenido el beneficio de la segunda oportunidad en los diez últimos años.
  • Que no se haya rechazado una oferta de trabajo. Siempre y cuando ésta sea acorde a su capacidad y se haya recibido dentro de los cuatro últimos años a la declaración de concurso.
Por otro lado, que el concurso no haya sido declarado culpable. Es decir, que para la declaración del mismo no ha existido dolo o culpa grave. Para que no existan estos precedentes, el deudor no debe haber mentido sobre la situación de insolvencia ni haber ocultado documentación relevante. Que se hayan satisfecho los créditos contra la masa, que son los que surgieron una vez declarado el concurso (ej. Gastos de notario, de abogado…) y los créditos concursales privilegiados, son los gastos de hipotecas y créditos públicos (ej. Las deudas con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social).

¿Cuáles son los beneficios de esta Ley?

Es una nueva oportunidad, que permite al deudor:
  • Volver a pedir financiación.
  • Desaparecer de los listados de morosidad.
  • Volver a tener tarjetas de crédito.
En resumidas cuentas, le permitirá tener una nueva vida, y desde Rives y Lozano, podemos ayudarte si necesitas una nueva oportunidad, consulta ahora nuestros servicios sobre la Ley de Segunda Oportunidad en Alicante.

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