En la Orden SND/257/2020 del 19 de Marzo, se declara la Suspensión de apertura al publico de establecimientos de alojamiento turístico:
Establece la suspensión de apertura al publico de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otras establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.
Con carácter excepcional, queda permitida la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en estos establecimientos.
¿Plazo?
En el plazo maximo de siete dias naturales desde la entrada en vigor de la presente norma.
Economista
Fundador del despacho hace más de 35 años.
Licenciado en Económicas por la Universidad de Alicante.