En la Orden SND/257/2020 del 19 de Marzo, se declara la Suspensión de apertura al publico de establecimientos de alojamiento turístico:

Establece la suspensión de apertura al publico de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otras establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.

Con carácter excepcional, queda permitida la prestación de los servicios de vigilancia, seguridad y mantenimiento en estos establecimientos.

¿Plazo?

En el plazo maximo de siete dias naturales desde la entrada en vigor de la presente norma.

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