La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para aquellas personas físicas, profesionales autónomos e incluso familias que se ven incapaces de hacer frente a sus deudas. Para acogerse a esta Ley será necesario demostrar que se actúa de buena fe y cumplir algunos requisitos básicos, pero, ¿qué tipos de deudas contempla la Ley de Segunda Oportunidad?

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Despejamos las dudas que pueden surgir cuando los solicitantes se plantean acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y no tienen claro si su deuda está dentro de aquellas que este procedimiento contempla.

Tipos de Deudas que se pueden acoger a la Ley de Segunda Oportunidad

Esta Ley puede ayudar a renegociar o generar un nuevo acuerdo frente a una deuda, también puede llegar a eliminarla por completo en determinados casos. Como normal general, los tipos de deudas que pueden ser exoneradas son las que se generan durante el concurso de acreedores o aquellas que surgieron antes de su presentación, es decir, los créditos concursales.

 

A continuación, detallamos los tipos de deudas que se pueden acoger a la Ley de Segunda Oportunidad.

Préstamos Personales

Cuando los particulares necesitan realizar una inversión para adquirir algún tipo de bien o emprender algún proyecto es común que se decanten por solicitar un crédito o préstamo personal. Esto les permite obtener este dinero por adelantado con la condición de que sea devuelto, y con un porcentaje de intereses previamente acordado por ambas partes. 

 

Finalmente, este termina siendo uno de los principales focos del endeudamiento a nivel personal así que viene recogido en la Ley de Segunda Oportunidad. Los préstamos personales son muy utilizados por personas físicas y pueden acabar convirtiéndose en deudas si tienen algún problema laboral que les impida estar al corriente de los pagos.

Créditos rápidos o microcréditos

Este tipo de créditos tiene un funcionamiento muy similar al del préstamo personal mencionado, con la diferencia principal de que las cantidades que se solicitan son algo inferiores. Son fórmulas para prestar capital de una forma rápida y sencilla, suelen utilizarse para adquirir algún tipo de bien o propiedad.

 

Una diferencia importante es que el plazo para devolver estos importes suele ser bastante menor al de los préstamos personales, por otro lado, requieren muchos menos trámites y son más rápidos a la hora de hacerse efectivos. Si la deuda es de esta índole también se podrá acoger a la Ley de Segunda Oportunidad.

Deudas con Hacienda y Seguridad Social

Es muy común contraer deudas con Hacienda y con la Seguridad Social, especialmente en el caso de emprendedores y trabajadores autónomos que han tenido problemas a la hora de levantar sus negocios o han fracasado en su proyecto empresarial.

 

Aunque esta causa es abundante, especialmente en la situación de crisis actual, por el momento no viene contemplada en la Ley de Segunda Oportunidad. De hecho, uno de los requisitos para solicitar acogerse a esta Ley es estar libre de cuentas pendientes con estos organismos oficiales y puede ser incluso excluyente si se quiere solicitar para otro tipo de deudas.

Hipotecas

Los préstamos hipotecarios son de lo más comunes en la actualidad y son utilizados fundamentalmente para tener la oportunidad de adquirir una vivienda. Muchas personas acaban teniendo una deuda por verse incapaces de abordar las cuotas de estas hipotecas y con la Ley de Segunda Oportunidad podrán cancelar la cantidad restante del pago, siempre y cuando se realice una liquidación o entrega de la vivienda. Es en ese momento cuando el solicitante podrá ser exonerado de la deuda generada.

Las deudas relacionadas con el sector inmobiliario están cada vez más presentes dada la situación actual, así que son muchas las personas que pueden acogerse en la actualidad a esta Ley para mejorar su situación y acabar con el problema.

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