Abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid

Carmelo Rives

Carmelo Rives | Economista
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas

La Ley de Segunda Oportunidad es una vía que permite resultados muy positivos para autónomos y familias que se encuentran bajo situaciones económicas complicadas. 

En Rives y Lozano tenemos expertos que están especializados con este procedimiento que necesita un estudio económico y jurídico de la persona interesada, para poder ayudarla y beneficarla con el resultado de la segunda oportundiad.

100%

Casos de éxito

+2.334

Clientes

93%

Cuota de mercado

5.553.483 €

Millones de euros en dinero cancelado

¿Qué es la ley de Segunda Oportunidad?

La ley de segunda oportunidad exonera y cancela todas tus deudas si estas te han sido imposible asumirlas y tampoco puedas asumirlas en el futuro.

Este proceso es una equivalencia a los procesos concursales de empresas, pero para particulares y autónomos. La ley de segunda oportunidad es un proceso administrativo y judicial que permite a los particulares entrar en concurso siempre que cumpla todos sus requisitos. 

El proceso se puede llevar a cabo de varias maneras negociando con el acreedor, y si no se llega a ningún acuerdo, se lleva la cancelación a juicio para pedirla delante de un juez.

En “Rives y Lozano” asesoreamos a particulares y autónomos para que puedan beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid, también asesoramos a empresas, cubrimos este proceso por toda España y por consiguiente también lo cubrimos en Madrid. Veamos ahora en qué consiste este procedimiento.

La ley de Segunda Oportunidad se aplica a Autónomos que aún sigan trabajando de su oficio o lo hayan dejado previamente, y que todas sus deudas estén relacionadas con ese negocio.

El requisito que se debe cumplir para cualquier persona o autónomo, es principalmente que se encuentre en un estado de insolvencia, es decir que no pueda cumplir todas sus obligaciones de pago.

Además se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Las deudas deben ser inferiores a 5.000.000 €. 
  • No haber sido sentenciado culpable en delitos patrimoniales, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública o la seguridad social, etc, en los últimos 10 años. 
  • No haberse declarado en concurso, en los últimos 5 años.

Las Personas físicas que trabajen por cuenta ajena también pueden acudir a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad, principalmente por todas esas deudas que estén asociadas a la persona en concreto. 

La peculiaridad en el caso de familias viene respecto a la vivienda habitual del deudor. No será necesario vender la vivienda habitual del deudor cuando su valor de mercado sea inferior a la deuda hipotecaria y esta se encuentre al corriente de pago.

La Ley de Segunda Oportunidad, permite a la persona con deudas poder exonerar las deudas que no hayan sido pagadas, a continuación procederemos a explicar cómo se puede llegar a tener la exoneración de deudas:

  • Pagando el 25% de los créditos ordinarios.
  • Si no puede llegar a una liquidez, se tiene que presentar un plan para los pagos para los 5 años siguientes a partir de este proceso.

El incumplimiento de este acuerdo, el deudor todavía exonerará el pasivo si, si no se cumplen en su integridad, el deudor ha destinado, al menos, la mitad de sus ingresos percibidos en dicho plazo al pago de las deudas.

Desde Rives y Lozano queremos remarcar que nuestras gestiones con la ley de la segunda oportunidad han llegado a ayudar muchas familias y autónomos nuestros expertos tienen una larga experiencia en estos procesos.

¿LE LLAMAMOS?



    Nuestra forma de trabajar es segura: Cancele sus deudas sin riesgo

    En Rives & Lozano somos mediadores concursales y administradores concursales del Estado, lo que nos permite tener una visión de 360º de la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid y de los concursos de empresas.

    1. Contáctanos

    2. Cita con tu abogada

    3. Cancelación de deudas