Abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad en Málaga

Mere Rives Quirante

Mere Rives Quirante | Economista
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas

Existe un mecanismo que puede llegar a beneficiar autónomos, familias y particulares que se encuentran en situaciones ecónomoicas desfavorecidas, y este es el mecanismo de La Ley de Segunda Oportunidad.

En Rives y Lozano contamos con un departamento de abogados y asesores que están especializados en el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad, que  mediante un estudio tanto jurídico como económico de la situación de nuestro cliente, le ayudamos a obtener el beneficio del procedimiento.

100%

Casos de éxito

+2.334

Clientes

93%

Cuota de mercado

5.553.483 €

Millones de euros en dinero cancelado

¿Qué es la ley de Segunda Oportunidad?

Mediante la ley de segunda oportunidad se puede llegar a cancelar todas tus deudas o exonerarlas, si te ha sido imposible poderte hacer cargo de estas y no puedes solventarlas en un futuro.

El proceso administrativo y judicial, el cual es una equivalencia a los procesos concursales que benefician a las empresas, permiten a los particulares siempre que cumplan determinados requisitos el lucrarse de esta Ley. El procedimiento consiste en la negociación primero de todo con el acreedore en cuestión, y en caso de no llegar a ningún acuerdo, solicitar la cancelación de la deuda al juez.

El equipo de abogados y economistas de “Rives y Lozano” tienen una dilatada experiencia en todos los procedimientos relacionados con insolvencia o reestructuración de empresas, realizamos asesoría de muchos clientes para ayudarlos en casos de la Ley de Segunda Oportunidad en Málaga, no solo asesoramos a empresas, sino que asesoramos también a particulares ya autónomos.

Cubrimos a muchos clientes en toda España y por lo tanto también en Málaga en casos de la Ley de Segunda Oportunidad ayudando a cada vez a más personas a poder lucrarse de la mejor forma posible gracias a esta ley.

Se puede aplicar esta ley tanto a Autónomos que sigan ejerciendo su actividad laboral, o la hayan finalizado, siempre y cuando sus deudas estén relacionadas con su negocio.

Existe un requisito que es principal para cualquier persona física, ya sea o no autónomo, para que pueda solicitar la declaración del concurso, y esta es que se encuentre se encuentre en estado de insolvencia, lo cual significa, que no pueda cumplir con regularidad los pagos de sus débitos. 

Además también se debe cumplir un seguido de requisitos que son los siguientes:

  • Sus deudas deben ser inferiores a 5.000.000 €. 
  • No ser condenado culpable por delitos patrimoniales, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública o la seguridad social, etc, en los últimos 10 años. 
  • No haber entrado en fase de concurso ni actualmente ni en los 5 años anteriores.

Al igual que un autónomo puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, también podrá hacerlo cualquier persona física que trabaje por cuenta ajena, por todas aquellas deudas de las que sea titular.

La peculiaridad en el caso de familias viene respecto a la vivienda habitual del deudor.

Los jueces empiezan a introducir, en sus sentencias judiciales, un importante criterio en los procedimientos concursales de personas naturales (no empresas): No será necesario vender la vivienda habitual del deudor cuando su valor de mercado sea inferior a la deuda hipotecaria y ésta se encuentre al corriente de pago.

La Ley de Segunda Oportunidad, en relación a la declaración de concurso, permite al deudor persona física solicitar una vez concluido el Concurso por liquidación o insuficiencia de la masa activa, la exoneración de las deudas que no hayan sido abonadas.

Esta exoneración se podrá conseguir de la siguiente forma:

  • Mediante el pago de un 25% de los créditos ordinarios.
  • Presentar un plan de pagos para los próximos 5 años.

En el caso del incumplimiento del acuerdo, el deudor aún podrá exonerar el pasivo, si no se cumple con su integridad total, y el deudor ha destinado, la mitad de todos los ingresos percibidos en el plazo de pago de deudas. 

¿LE LLAMAMOS?



    Nuestra forma de trabajar es segura: Cancele sus deudas sin riesgo

    En Rives & Lozano somos mediadores concursales y administradores concursales del Estado, lo que nos permite tener una visión de 360º de la Ley de Segunda Oportunidad en Málaga y de los concursos de empresas.

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