Abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia

Carmelo Rives Quirante

Carmelo Rives Quirante | Economista
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas

Gracias a Ley de Segunda Oportunidad en Rives y Lozano cada vez ayudamos a más gente involucrada en situaciones económicas desfavorables o complicadas.

En nuestro equipo contamos con abogados y asesores, que están especializados al 100% con este procedimiento, el cual requiere de un estudio profundo a nivel jurídico y económico de la persona interesada, para obtener el mayo beneficio posible de este procedimiento y poder prestar el mejor asesoramiento.

100%

Casos de éxito

+2.334

Clientes

93%

Cuota de mercado

5.553.483 €

Millones de euros en dinero cancelado

¿Qué es la ley de Segunda Oportunidad?

La ley de segunda oportunidad sirve para exonerar o cancelar tus deudas cuando por el devenir de las circunstancias te ha sido imposible asumirlas y no preveas que puedas hacerlo en un futuro.

La medida es el equivalente de los procesos concursales  de la empresas, sólo que llevado al ámbito personal y de los autónomos. Es el proceso administrativo y judicial que permite entrar en concurso a un particular siempre que cumpla determinados requisitos. 

Ese procedimiento consistirá en negociar primero con el acreedor (banco, financiera, clientes…) y, en caso de no alcanzar acuerdo, pedir la cancelación de la deuda al juez.

A continuación vamos a intentar explicarlo brevemente en qué consiste.

En “Rives y Lozano” tenemos un equipo de abogados y economistas especializados en procedimientos de insolvencia y reestructuración empresarial, tratamos casos de la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia, asesoramos tanto a particulares como a empresas.

Cubrimos estos temas en toda España y por lo tanto también en Murcia donde te podremos asesorar y ayudar de la mejor forma posible.

La ley de Segunda Oportunidad es aplicable a Autónomos que estén en el ejercicio de su actividad o hayan cesado, por todas aquellas deudas relacionadas con su negocio.

El principal requisito exigido para que cualquier persona física, autónomo o no, pueda solicitar la declaración de concurso es que se encuentre en estado de insolvencia, esto es, que no pueda cumplir de manera regular y puntual con sus obligaciones de pago.

Además se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el total de tus deudas debe ser inferior a 5.000.000 €. 
  • No haber sido condenado en sentencia por delitos patrimoniales, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública o la seguridad social, etc, en los últimos 10 años. 
  • No haber sido declarado en concurso ni actualmente ni en los 5 años anteriores.

Al igual que un autónomo puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, también podrá hacerlo cualquier persona física que trabaje por cuenta ajena, por todas aquellas deudas de las que sea titular.

La peculiaridad en el caso de familias viene respecto a la vivienda habitual del deudor.

Los jueces empiezan a introducir, en sus sentencias judiciales, un importante criterio en los procedimientos concursales de personas naturales (no empresas): No será necesario vender la vivienda habitual del deudor cuando su valor de mercado sea inferior a la deuda hipotecaria y ésta se encuentre al corriente de pago.

La Ley de Segunda Oportunidad, en relación a la declaración de concurso, permite al deudor persona física solicitar una vez concluido el Concurso por liquidación o insuficiencia de la masa activa, la exoneración de las deudas que no hayan sido abonadas.

Esta exoneración se podrá conseguir de la siguiente forma:

  • Abonando el 25% de los créditos ordinarios.
  • En caso de no tener liquidez, se deberá presentar un plan de pagos para los siguientes 5 años.

En caso de que se incumpla tal acuerdo, el deudor todavía exonerará el pasivo si, si bien no se cumple en su integridad, el deudor ha destinado, al menos, la mitad de sus ingresos percibidos en dicho plazo al pago de las deudas.

¿LE LLAMAMOS?



    Nuestra forma de trabajar es segura: Cancele sus deudas sin riesgo

    En Rives & Lozano somos mediadores concursales y administradores concursales del Estado, lo que nos permite tener una visión de 360º de la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia y de los concursos de empresas.

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