Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental de ocho semanas, continuas o discontinuas, a tiempo completo o a tiempo parcial, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. Este permiso no es retribuido.

La persona trabajadora deberá de comunicar su intención de disfrutar a la empresa con una antelación de 10 días, en la que deberá especificar la fecha de inicio y fin del disfrute.

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