El Formulario ETE es el gran desconocido para aquellas personas que poseen bienes en el extranjero. Este Formulario ha de ser presentado ante el Banco de España, por lo que la Administración Tributaria no tiene ninguna intervención, hecho por el cual se diferencia del Modelo 720.

Os informamos que el día 20 de enero, termina el plazo de presentación del formulario ETE de transacciones con el exterior.

A continuación, os detallamos la información más relevante para facilitaros la realización del mismo, así como diferentes cuestiones que clarifican el citado formulario.

Cómo hacer el formulario ETE de información al Banco de España sobre operaciones con el exterior

¿A quién va dirigido el modelo ETE?

Únicamente afecta a las empresas y/o personas físicas que hagan transacciones con el exterior cuando la suma, una a una y sin compensar, de las transacciones con no residentes habidas durante el año anterior, o la suma de los saldos de activos y pasivos exteriores al 31 de diciembre de dicho año, sean superiores a 1.000.000 €.

¿Cuándo hay que informar de estas transacciones con el exterior y de qué manera?

Cuando el volumen aun siendo mayor de 1.000.000 € sea menor de 50.000.000 €, habrá que informar de estas operaciones antes del 20 de enero del año siguiente (antes del 20 de enero de 2018 para informar de las operaciones de 2017 (en caso contrario hay otros plazos)
La información debe transmitirse telemáticamente con el certificado de cada usuario mediante la cumplimentación y envío del formulario en PDF disponible en la web del Banco de España, que puede acceder desde aquí.

¿Qué operaciones deben incluirse en la declaración según la Circular B.E. 4/2012, de 25 de abril?

Operaciones financieras activas con el exterior (se agrupan todas) Operaciones financieras activas con el exterior (09 01 01) Como inversiones debe indicarse:
1.Inversiones en empresas no residentes.
2.Entradas en las cuentas de valores abiertas en entidades de crédito no residentes.
3.Disposiciones de préstamos y créditos financieros concedidos a no residentes.
4.Incrementos de saldo en cuentas abiertas en entidades de crédito no residentes y en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo a favor del declarante.
5.Constituciones de depósitos a plazo en entidades de crédito no residentes.
6.Compra de inmuebles y terrenos situados en el extranjero.
7.Inversiones en derivados financieros emitidos por no residentes.
8.Importe de las facturas devengadas durante el periodo de declaración en el caso de créditos comerciales concedidos a clientes no residentes. Como desinversiones se indicará:
9.Desinversiones en empresas no residentes.
10.Salidas en las cuentas de valores abiertas en entidades de crédito no residentes.
11.Amortizaciones de préstamos y créditos financieros concedidos a no residentes.
12.Disminuciones de saldo en cuentas abiertas con entidades de crédito no residentes y en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo a favor del declarante.
13.Cancelación de depósitos a plazo en entidades de crédito no residentes.
14.Venta de inmuebles y terrenos situados en el extranjero.
15.Desinversiones en derivados financieros emitidos por no residentes.
16.Cobros por facturas y anticipos habidos durante el periodo de declaración, en el caso de créditos comerciales concedidos a clientes no residentes.

  • Saldo inicial:
    Ha de coincidir con el saldo final del periodo anterior (en este caso, el saldo a 31/12/2016 puesto que vamos a declarar el periodo 2017) Se valorará al precio de mercado. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
  • Transacciones netas:
    Se calculará como la diferencia entre inversiones menos desinversiones de 2017; Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
  • Otras variaciones:
    Son variaciones que no sean transacciones. Por ejemplo: variaciones de tipo de cambio, revalorizaciones, cancelaciones contables…
  • Saldo final:
    Debe ser igual al saldo inicial + – transacciones netas + – otras variaciones. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
  • Intereses:
    Se valorarán por el importe percibido/pagado por este concepto, sin deducir los impuestos.

Operaciones financieras pasivas con el exterior (se agrupan todas)
Operaciones financieras pasivas con el exterior (09 02 01) Como inversiones debe indicarse:
1.Inversiones de no residentes en la empresa declarante.
2.Emisiones negociables del declarante en el exterior o colocación de títulos no negociable con no residentes.
3.Disponemos de préstamos y créditos financieros recibidos de no residentes.
4.Incrementos de saldo en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo en contra en declarante.
5.Inversiones de no residentes en derivados financieros emitidos por residentes.
6.Importe de las facturas devengadas durante el periodo de declaración en el caso de créditos comerciales recibidos de proveedores no residentes. Como desinversiones se indicará:
7.Desinversiones de no residentes en la empresa declarante.
8.Amortizaciones totales o parciales de emisiones negociables del declarante en el exterior o de colocaciones de títulos no negociables con no residentes.
9.Amortizaciones de préstamos y créditos financieros recibidos de no residentes.
10.Disminuciones de saldo en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo en contar del declarante.
11.Desinversiones de no residentes en derivados financieros emitidos por residentes.
12.Importe de los pagos por facturas o anticipos habidos durante el periodo de declaración, en el caso de créditos comerciales recibidos de proveedores no residentes.

  • Una vez completado, ¿dónde se presenta el formulario ETE? Una vez completado el formulario ETE en PDF habrá que validarlo y guardarlo (lo pone al final del mismo).

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