La Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda introdujo una modificación en el artículo 23 de la Ley 35/2006 del IRPF. No en vano, y con efectos del 1-01-2024, el arrendador podrá aplicar una reducción del 90% si formaliza un nuevo contrato con el inquilino. Siempre que la vivienda esté situada en una zona de mercado residencial tensionado. Y se minore el alquiler al menos un 5% respecto al que el inquilino abonaba en el contrato anterior.

La reducción podrá alcanzar el 70% si no se cumplen los anteriores requisitos, pero el inmueble se incorpora al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas residenciales tensionadas. Y se alquile a jóvenes de entre 18 y 35 años. O bien se trate de una vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades sin fines lucrativos. O acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

El arrendador, del mismo modo, podrá aplicar una reducción del 60% si la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación. Que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato. Y un 50% en cualquier otro caso. Por otra parte, las zonas de mercado residencial tensionado serán determinadas conforme a la legislación estatal en materia de vivienda. Y que apruebe el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana.

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