El día 11 de enero de 2023 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Objeto:

En el marco de las políticas activas de empleo (PAE), este real decreto-ley tiene como objetivo general mejorar la calidad en el empleo, su creación neta y su mantenimiento y promocionar la contratación de las personas desempleadas, haciendo foco en las más vulnerables o con bajo potencial de empleabilidad; contribuir al mantenimiento y a la mejora de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas; así como fomentar la creación de empleo en el ámbito de la economía social.

Objetivos específicos:

  • El impulso prioritario de la contratación indefinida y el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad, definidos en los términos previstos en la sección 2.ª de este capítulo.
  • Excepcionalmente tales medidas podrán tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos, así como la contratación temporal directamente vinculada a la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • La garantía del principio de igualdad y no discriminación en la regulación y aplicación de las medidas de fomento del empleo y la contratación.
  • El impulso de la mejora de la calidad del empleo del conjunto de las personas trabajadoras.
  • El fomento de la contratación de personas con discapacidad, priorizando aquellas con mayores dificultades y, en general, el tránsito al empleo ordinario.
  • El impulso de la creación neta de empleo y su mantenimiento.
  • El fomento del trabajo autónomo y de la economía social como instrumento eficaz de generación de trabajo estable y de calidad.
  • El reconocimiento e impulso de la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y niveles territoriales, en el desarrollo de instrumentos o medidas que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de esta norma.
  • El reconocimiento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo.

Medidas bonificadas de nueva implantación:

  • La bonificación por la contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Dará derecho a una bonificación de 275€ al mes durante tres años.
  • La bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas. Dará derecho a una bonificación de 138 €/mes, durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de persona con discapacidad.
  • La bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el sistema especial agrario por cuenta ajena. Dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes, cifra que, en el caso de las mujeres, se eleva hasta los 73 euros por mes.

Empresas deslocalizadas: Las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte del de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización, así como las subvenciones recibidas.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. No se incentivan las jornadas parciales inferiores al cincuenta por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

Se incrementa el papel de la negociación colectiva en materia de empleo. Posibilidad de incentivar las medidas pactadas que incluyan compromisos de mejora o incremento del empleo.

Se bonifican las readmisiones de personas trabajadoras que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta.

Se incrementa la bonificación prevista en la actualidad por la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social.

Las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la duración que pudieran tener los propios contratos de sustitución.

La bonificación superior a la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración cuando la persona contratada es mujer (128 €/mes, en lugar de 110 €/mes) se extiende también a la contratación de personas tengan 45 o más años.

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