Durante este mes de febrero, mediante la presentación de una declaración censal, las empresas pueden elegir qué sistema de pagos a cuenta desean aplicar en 2024.

Si en 2023 el volumen de operaciones de su empresa no superó los seis millones de euros, durante este mes de febrero, puede elegir cuál de los dos sistemas existentes quiere aplicar para calcular los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (IS) de 2024, modelo 202.

Por ello, si su empresa está en la modalidad de pagos fraccionados del IS en función del resultado del último impuesto sociedades presentado en vigor, (tipo I), Vd. podrá cambiar a la modalidad de realizar el pago fraccionado en función del beneficio que tenga en cada periodo de liquidación de 2024.

A la hora de decidir qué modalidad le conviene más, recuerde:

Tipo I. Sistema de cuotas. Si opta por el «sistema de cuotas», en los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre deberá satisfacer un 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración presentada del IS.

Tipo II. Sistema de bases. Si opta por el «sistema de bases», a la hora de calcular los pagos a cuenta deberá aplicar un tipo del 17% sobre la base imponible acumulada del ejercicio en curso, pudiendo deducir del resultado obtenido las retenciones e ingresos a cuenta soportados y los pagos fraccionados previamente realizados durante el ejercicio. NOTA: Dicho porcentaje será del 16% si su empresa es de las que tuvo una cifra de negocios en 2023 inferior a 1 millón de euros y puede tributar en el IS de 2024 a un tipo reducido del 23%.

Si su empresa facturó más de seis millones de euros en 2022, en 2023 tuvo que aplicar el Tipo II, obligatoriamente.

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